La Ley 4/2026, de 1 de octubre, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 3 de octubre, introduce cambios relevantes en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. La reforma actualiza, entre otros aspectos, la definición y finalidad del servicio de atención residencial y refuerza un modelo de cuidados centrado en los derechos, las preferencias y el proyecto de vida de cada persona.
La nueva redacción del artículo 25 establece que la atención residencial debe ofrecer un lugar para vivir en un entorno de confianza y bienestar, hogareño, inclusivo y accesible, con plena participación en la comunidad. También señala que la atención debe ser integral y coordinar los apoyos y cuidados necesarios respetando los valores personales, la intimidad, la voluntad y las preferencias de la persona.
La norma mantiene la posibilidad de que la atención residencial sea permanente o temporal. Además, incorpora nuevas fórmulas de cuidados y apoyos en viviendas y refuerza el derecho de las personas en situación de dependencia a participar en la elección del centro residencial o vivienda, de acuerdo con su voluntad y con el entorno en el que desean desarrollar su vida.
Para los centros residenciales, la reforma también prevé una mayor orientación hacia la convivencia, la participación y la atención personalizada. La nueva regulación comenzará a aplicarse el 23 de octubre de 2026.
Fuente oficial: Ley 4/2026, de 1 de octubre, publicada en el BOE el 3 de octubre de 2026. Consultar el texto íntegro en el BOE.
Imagen ilustrativa: fotografía de Vitaly Gariev en Unsplash.

